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Defensa en Juicio de Cobranza
Si tus acreedores te demandaron por deudas, nuestros abogados expertos pueden defenderte en un juicio de cobranza.
Liquidación Voluntaria (Ley de Quiebras)
¿Debes más de lo que puedes pagar? La Ley 20.720 te permite extinguir tus deudas legalmente.
Eliminación de Antecedentes (DICOM)
Limpiamos tu historial comercial para que puedas volver a pedir créditos, arriendos y tarjetas.
Defensa ante Embargos (Tercerías)
Protegemos tus bienes y los de tu familia si vives con un deudor o te embargaron injustamente.
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Preguntas Frecuentes
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Somos un estudio jurídico con años de experiencia en defensa de deudores. Contamos con profesionales expertos y hemos ayudado a cientos de personas a resolver sus problemas de deudas. Con nuestra trayectoria, podemos ayudarte a encontrar la mejor solución legal para tu caso.
La primera asesoría es completamente sin costo y sin compromiso. Evaluamos tu caso, te explicamos tus opciones legales y solo si decides continuar con nosotros, acordamos los honorarios según el tipo de servicio que necesites.
Si no se puede pagar una deuda, lamentablemente se iniciará una demanda en su contra, y como el procedimiento a seguir es un juicio ejecutivo y lo que persigue el demandante es hacer efectiva la deuda en el patrimonio del deudor, seguirán adelante la ejecución.
En primer lugar y antes de firmar cualquier repactación, es necesario verificar de buena manera el monto y forma de cálculo de los intereses que nos están cobrando. Luego, si sólo vamos a firmar el pagaré para 'salir del problema', sin contar con los medios económicos para cumplir, es recomendable no hacerlo.
Depende del acreedor, del comportamiento de pago anterior, de la cantidad de cuotas pagadas hasta el momento, del monto adeudado y de las garantías existentes. En promedio a algunos de nuestros clientes los demandas entre el 3º mes y el 7º de impago.
En algunos casos se puede reclamar la prescripción del pagaré, lo que significa que no se pueden realizar nuevas acciones judiciales para el mismo documento. En el caso de un pagaré esto ocurre cuando ha transcurrido más de un año desde que el acreedor efectuó la demanda y cuando el demandado no fue notificado.
En teoría es posible iniciar una cobranza -judicial o extrajudicial- pero en la práctica no sucede y menos que esto sea exitoso en su tramitación.
No y las deudas son heredables, por lo que en el peor de los casos los herederos terminarán pagándolas.
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